Gobierno de Puerto Rico bajo la iniciativa de transformación estructural
- Astra
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Hoy, 9 de mayo de 2025, es una fecha clave para las agencias del Gobierno de Puerto Rico bajo la iniciativa de transformación estructural impulsada por la Gobernadora.
Según la Orden Ejecutiva OE-2025-009, y reafirmada por la reciente OE-2025-023, todas las agencias deben haber iniciado la revisión de sus reglamentos y procesos internos, con el fin de promover eficiencia, evitar duplicidad, y alinear sus estructuras a las necesidades actuales del ciudadano y del país.
Desde Astra, entendemos el reto que representa cumplir con estos mandatos mientras se manejan fondos federales, procesos de contratación, planificación programática y requisitos de auditoría. Sabemos que no se trata solo de revisar un reglamento, se trata de construir una agencia más ágil, segura y con capacidad de ejecución real.Si su comité agencial necesita apoyo para avanzar en la estructuración de procesos documentales, la revisión y justificación de reglamentos, o el desarrollo de políticas clave de cumplimiento federal, ¡estamos listos para ayudarles!
Hemos trabajado con equipos de gobierno en fortalecer controles internos, preparar documentación alineada con 2 CFR 200, FEMA, CDBG-DR, y ahora también para responder a los objetivos de eficiencia trazados por el Coordinador de Eficiencia.
Conversemos. Lo urgente no tiene que hacerse solo. Y lo importante, no puede esperar.
ASTRA
OBLIGACIONES DE LAS AGENCIAS BAJO LA INICIATIVA IDEAL (EFICIENCIA GUBERNAMENTAL) 1
1. Creación del Comité Agencial
Cada agencia debe establecer un Comité Agencial compuesto por:
• Un(a) abogado(a) de la división legal
• Un(a) representante de recursos humanos
• Un(a) representante de tecnología y sistemas
• Un(a) representante de servicio al ciudadano
• Un(a) miembro adicional designado por el jefe de agencia (coordinador)
Fecha límite de notificación al Departamento de Estado: 9 de abril de 2025
2. Identificación de Reglamentos con más de cinco años
El comité debe identificar reglamentos vigentes que hayan sido aprobados hace más de 5 años y evaluar si siguen adelantando la política pública o legislación aplicable. Si no cumplen, debe iniciarse el proceso de enmienda conforme a la LPAU.
Fecha límite para iniciar el proceso: 9 de mayo de 2025
3. Justificación de Reglamentos de más de cinco años
Si un reglamento de más de 5 años se desea mantener sin enmendar, debe presentarse una justificación formal que incluya:
• Certificación de vigencia
• Explicación de por qué no puede mejorarse con tecnología, menos trámites o costo
Fecha límite para someterla: 9 de junio de 2025
4. Revisión de Reglamentos enmendados más de dos veces
El comité debe identificar los reglamentos vigentes que hayan sido enmendados más de dos veces y comenzar su proceso de revisión y reglamentación nuevamente bajo la LPAU.
5. Establecer un correo electrónico oficial del comité
1 Fuente: Ordenes Ejecutivas 2025-009 y 023; Ordenes Administrativa 2025-IDEA-001 a 003.
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